1.- EL PUEBLO
Villacibio es un pequeño lugar del Norte de la provincia de Palencia, situado 13 Km. al Sur-Este de Aguilar de Campoo.
- La situación geográfica del pueblo respecto al Sistema de Referencia Terrestre Europeo 1989 (ETRS89) es la siguiente:
● Huso Universal Transverse Mercator (UTM) = 30
● Latitud = 42º 43’ 37,20” Norte
● Longitud = 4º 14’ 24,23” Oeste
● Altura (correspondiente al centroide) = 904 m. sobre el nivel medio del mar Mediterráneo en Alicante.
- El nombre de Villacibio, es muy posible que haga referencia a un primitivo repoblador, que atendiese al nombre de “Cibio”, pero no hay datos que puedan certificar esta suposición.
- Históricamente, Villacibio ha formado parte de varios ayuntamientos: en el año 1432, en el "Inventario de los bienes raíces de Leonor de la Vega", ya se habla de un concejo en el lugar de Gama formado por cinco barrios que son: Gama, Villacibio, Val (Valdegama), La Puente (Puentetoma), y Renedo (Renedo de la Inera).
- El ayuntamiento de Gama estuvo encuadrado en el partido judicial de Carrión de los Condes, hasta que en el año 1834 pasó al partido judicial de Cervera de Pisuerga según la Nueva Distribución Territorial aprobada por Real Decreto de fecha 21 de Abril de dicho año 1834.
- El 1 de Enero de 1846, son agregados al Ayuntamiento de Gama los lugares de Mave, Pozancos y Santa María de Mave, que hasta entonces habían sido Ayuntamientos independientes.
- El 22 de Julio de 1870 se traslada la capitalidad del Municipio, de la villa de Gama al lugar de Valdegama.
- El 22 de Agosto de 1934 se traslada la capitalidad del Municipio de Valdegama a Santa María de Mave, operación que consiste únicamente en el traslado de algunos departamentos, tales como la Secretaría, el Archivo Municipal y el Juzgado Municipal. El Salón de Plenos sigue permaneciendo en Valdegama.
- Finalmente, en fecha de 3 de Noviembre de 1970 el Ayuntamiento de Valdegama es fusionado con el Ayuntamiento de Aguilar de Campoo y otros, con capitalidad Municipal en Aguilar de Campoo.
Actualmente Villacibio pertenece al ayuntamiento de Aguilar de Campoo y al partido judicial de Cervera de Pisuerga.
Los pueblos cuyos terrenos son colindantes con los terrenos de Villacibio son:
- Por el Norte Villaescusa de las Torres y Gama
- Por el Este Valdegama y Pozancos
- Por el Oeste La Rebolleda (Burgos) y Mave
- Por el Sur Santa María de Mave
A día de hoy prácticamente no quedan nativos en el pueblo, casi todos los habitantes son foráneos. La mayoría de las casas fueron adquiridas por gente de fuera, las fueron restaurando y actualmente son utilizadas como segundas viviendas de fin de semana y vacaciones.
2.- PATRIMONIO
- Iglesia de San Miguel Arcángel. La iglesia parroquial de Villacibio es de advocación a San Miguel Arcángel, cuya fiesta patronal se celebra el día 29 de Septiembre. Domina el pueblo desde un alto denominado “La Revilla”, su construcción es de cantería del siglo XVI, si bien tiene muchas reformas posteriores, de la época barroca.
La iglesia se alza en una sola nave, que a su vez se divide en tres tramos y que dos de ellos se cubren con bóvedas de crucería estrellada. La espadaña con dos campanas de tamaño medio en lo alto, es de piedra, del siglo XVII, se levanta a los pies de la iglesia.
La portada de acceso es de arco apuntado, se abre en el lado de la Epístola. El coro alto, está a los pies de la iglesia.
En el interior de la iglesia hay tres retablos:
►El retablo mayor situado en el presbiterio, es de mediados del siglo XVI, está adornado de relieves en el banco, los cuales representan a Santa Bárbara, San Mateo, San Agustín, San Marcos, y Santa Catalina.
El sagrario está adornado con relieves de San Gregorio y San Juan Bautista. En el centro del retablo hay relieves de la Anunciación y la Adoración de los Pastores, y una escultura de San Miguel Arcángel, patrono del pueblo. En el ático hay un relieve y una escultura del Calvario.
A los lados del retablo mayor hay, en la parte de la Epístola una escultura de San Antonio de Padua y en la parte del Evangelio una escultura del Niño Jesús de la segunda mitad del siglo XVI, con bastante interés artístico.
►Un pequeño retablo en la parte de la Epístola, al lado del retablo mayor, con una pintura sobre tabla de San Sebastián y San Roque de la segunda mitad del siglo XVI y bastante interesantes desde el punto de vista artístico.
►El retablo menor situado en el lado del Evangelio es del siglo XVIII, está adornado en el centro con la imagen de la Virgen del Rosario del siglo XVIII y encima un Crucifijo también del siglo XVIII.
La sacristía se cubre con un techo artesonado de madera ochavado, de estilo mudéjar, del siglo XVI.
La pila bautismal, de piedra tallada, se encuentra situada debajo del coro, bajo un techo artesonado de madera, de factura parecida al techo de la sacristía.
- Campanas de la iglesia. En la espadaña de la iglesia de Villacibio figuran tres vanos para alojar otras tantas campanas. El vano situado en lo más alto de la espadaña, de menor tamaño que los otros dos, está vacío y posiblemente nunca alojó en su interior ninguna campana.
Los otros dos, debajo del anterior y de mayor tamaño que éste, alojaban cada uno una campana, fabricadas en fundición de bronce, ambas de igual tamaño, de 70 cm. de alto por 70 cm. de diámetro y de unos 180 Kg. de peso cada una.
El yugo o maza era de madera en ambas campanas y de mayor altura que las propias campanas, sujeto con tirantes de hierro en vertical y grapas horizontales, clavadas en el yugo. El badajo era de fundición de hierro.
En la campana izquierda figuraba en la propia fundición el año 1833 y la inscripción “Jesús, María y José” y en la derecha, el año 1843 y la inscripción “Ruega por nosotros”.
Una vez detalladas las características que tenían las campanas, relatamos con tristeza, que una noche de principios del mes de Junio de 2017, ambas campanas fueron robadas, se supone que por alguna banda que hace algún tiempo se dedica en España al saqueo de campanas de varias iglesias de pueblos abandonados o apartadas del casco urbano de los mismos, como es el caso de la iglesia de Villacibio, posiblemente para malvenderlas en alguna empresa de fundición y convertirlas en metal de bronce.
A partir de entonces la espadaña de esta iglesia, al igual que otras tantas en España, se encuentra tristemente vacía, sin campanas, como se puede ver en la foto adjunta.
- Por fin, después de una concienzuda investigación llevada a cabo por la Guardia Civil, a principios del mes de Diciembre de 2017 fue desarticulada la banda que se dedicaba al espolio de campanas y otros delitos de robo.
Fueron detenidas en Vizcaya, dos personas de 27 y 30 años de edad, respectivamente, como presuntos autores de varios delitos de robo, entre ellos, el espolio de campanas en iglesias y ermitas de varias localidades del Norte de las provincias de Palencia y Burgos.
Entre las iglesias asaltadas figura la iglesia de Villacibio (Palencia), iglesia que fue despojada de sus campanas, como ya hemos comentado anteriormente, a principios del mes de Junio de 2017.
El destino final de las campanas era su venta para la obtención de dinero rápido, con el fin de posteriormente, proceder a su fundición y obtener bronce de gran calidad.
Debemos saber que las campanas están fabricadas en bronce, aleación de cobre y estaño conocida como "bronce de campanas", compuesta por un 78% de cobre y un 22% de estaño.
- En la primavera-verano de 2019 se restaura la espadaña de la iglesia, puesto que ya hace algún tiempo amenazaba con su total derrumbamiento, debido al deterioro y erosión de su piedra arenisca y de sus uniones de cemento y argamasa, sufridos a lo largo del tiempo. La restauración ha sido muy completa y satisfactoria como puede observarse en la foto adjunta, pero sin reponer las campanas robadas.
-Eremitorio de San Pelayo. La ermita rupestre de San Pelayo se encuentra en un paraje de Villacibio denominado “San Pelayo”, justo en el límite con los términos de Santa María de Mave y de La Rebolleda (enclave, este último, de la provincia de Burgos, dentro de la provincia de Palencia), se la conoce en la zona con el nombre de “Cueva de San Pelayo”.
Dista unos 1200 m. del pueblo y está excavada en una roca arenisca situada en un altozano, mirando al poniente y a unos 200 m. de un riachuelo conocido como arroyo Monegro. Se trata de una pequeña ermita cueva, de reducidas y acogedoras dimensiones, que en torno al año 1945 se tapió su entrada para evitar que fuera utilizada por vagabundos y nómadas, hasta que allá por la década de los 80 del siglo XX, se tiró el tapiado de la entrada y en su lugar se colocó una verja de hierro.
Su reducida planta está compuesta por una capilla, orientada de Este a Oeste. Se aprecia una clara separación entre el presbiterio y la nave. El ábside queda separado del presbiterio por un arco doble que parte de un pilar central prismático, del que salen dos arcos, uno de medio punto y el otro en forma de herradura muy primitivo. Al fondo del diminuto ábside se conservan dos hornacinas.
La puerta de acceso queda un poco en alto, lo que hace pensar en la existencia de escalones que desaparecieron. Se abre dicha puerta en el centro de la nave cuya cabecera está a la derecha. A la nave, la corta transversalmente un tabique de poca altura, tallado en la propia roca. La columna que divide las dos arcadas absidales, se puede rodear por estar exenta. La cueva es muy pequeña, y es una prueba de las devociones comarcales a principios del cristianismo en que se prodigó la vida eremita en santuarios rupestres.
En su entorno hay algunas lauras o habitáculos rupestres, sin embargo no se localiza ninguna necrópolis. No obstante, en un monte poblado de pinos y robles, situado justo frente a la entrada de la ermita trazando una línea imaginaria, a unos 800 m. de distancia, cruzando perpendicularmente la carretera que va desde Santa María de Mave a Pozancos, existe una necrópolis con unas cuantas tumbas excavadas en un promontorio de roca arenisca, que podría estar relacionada con este eremitorio.
En escritura de la reina doña Urraca, que hizo a favor de Xbal (Cristóbal), prior del Monasterio de San Salvador de Oña, le cedió el Priorato de Santa María de Mave con sus términos, aceñas, etc., en fecha de 5 de Julio de 1121. En esa escritura se habla de la “Cueva de San Pelayo”, que parece ser que dependía en aquel entonces del mencionado Priorato de Santa María de Mave.
-Potro (herradero para el ganado de labor). Hay en Villacibio un potro en buen estado de conservación en el casco urbano del pueblo, construido totalmente de madera, que era utilizado para herrar el ganado de labor (ajustar y sujetar con clavos los callos a las pezuñas de las vacas y bueyes de labor e igualmente las herraduras a las pezuñas de los caballos, mulos y burros). La persona que se dedicaba a herrar el ganado recibía el nombre de herrador, que no hay que confundir con el herrero que era la persona dedicada a la fragua.
- Fragua. También existió una fragua en Villacibio, justo al lado del potro totalmente equipada con fogón, fuelle, yunques, martillos, tenazas y todos los utensilios que utilizaba el herrero para forjar, agudizar y afilar las piezas que manualmente fabricaba de planchas de hierro en bruto.
En la década de los 90 del siglo XX, dicha fragua fue desmantelada, para ampliar y renovar la “Casa de Concejo” del pueblo.
En el Libro de Relaciones pertenecientes al Estado Seglar del Catastro de la Ensenada, escrito en fecha de 8 de Junio del año 1752, en la parte correspondiente a los bienes del concejo del lugar de Villacibio, sobre la fragua dice lo siguiente:
-Casa Fragua: Tiene dicho concejo una casa que solo sirve de fragua, con sus materiales correspondientes, en donde los vecinos componen los aperos de labranza para su ejercicio. Confronta al Norte y Poniente con huerto de Juan García y al Levante y Sur con ejidos concejiles.
Tiene de frente seis varas y de fondo cinco. No se le regula renta por servir para el aprovechamiento de los vecinos.
-Cruces de Piedra. En el término de Villacibio hay dos cruces de piedra emplazadas en campo abierto, a saber:
- Cruz de piedra situada en el paraje denominado “Alto del Portillo”, la cual según los más ancianos del lugar, rememora la muerte de un sacerdote fulminado por un rayo durante una tormenta de verano, cuando venía caminando desde el lugar de Gama hasta Mave por el denominado sendero de “Los Zapateros”. Según parece, la tormenta le sorprendió llegando al “Alto del Portillo” y puede ser que no le diera tiempo a buscar un refugio seguro.
- Cruz de piedra situada en el paraje denominado “La Cruz”, sobre la cual nadie nos ha sabido justificar su significado ni tampoco el porqué de su lugar de emplazamiento.
- Bibliografía:
“Inventario Artístico de Palencia y su Provincia -Tomo II -Antiguos partidos judiciales de Carrión de los Condes, Saldaña y Aguilar de Campóo, 1980, Juan José Martín González”
“Catálogo Monumental de la Provincia de Palencia - Fascículo 3 - Partidos de Cervera de Pisuerga y Saldaña, 1939, Comisión provincial de monumentos históricos y artísticos”
“Iglesias Rupestres - Olleros de Pisuerga y otras de su entorno, Gonzalo Alcalde Crespo”
“Los Pueblos de Aguilar de Campóo, Gonzalo Alcalde Crespo”
”Libro de Seglares de Villacibio, Archivo Histórico Nacional”
“Catálogo Monumental de la Provincia de Palencia - Fascículo 3 - Partidos de Cervera de Pisuerga y Saldaña, 1939, Comisión provincial de monumentos históricos y artísticos”
“Iglesias Rupestres - Olleros de Pisuerga y otras de su entorno, Gonzalo Alcalde Crespo”
“Los Pueblos de Aguilar de Campóo, Gonzalo Alcalde Crespo”
”Libro de Seglares de Villacibio, Archivo Histórico Nacional”
3.- LA HISTORIA ESCRITA DE VILLACIBIO
A continuación detallamos por órden cronológico, todos los datos históricos conseguidos a través de diferentes fuentes documentales, del lugar de Villacibio (Palencia):
Año 1262
Siendo testigos presenciales, Alonso Pérez Clérigo de Pozancos, García Pascual y Juan Caballero vecinos de Villacibio y Pedro de Gama residente en Valdecal(1) se realiza la siguiente venta y trueque: Sepan cuantos esta carta vieren cómo nosotros, Domingo Blanco y Juan Bartolomé vecinos de Pozancos, conocemos y otorgamos que vendemos a Juan Sánchez Prior de Santa María de Mave, dos prados y una tierra en "la presa y la cal". Los prados y la tierra están juntos y os los vendemos por el precio y cuantía de doscientos maravedis con su martiniega, además recibimos de vos tres nogales. Dichos prados y heredades son aledaños a las propiedades de Santa Lucía y de Pedro Bernabé de Santa Eufemia, en "hondón" y el camino que va a Pozancos; de la otra parte del arroyo, García Abad del Monasterio y tierra del Monasterio, y por arriba el camino que llaman de "Ruano".
Por tal pleito os lo damos y vendemos, que a día de hoy sea propio vuestro y de vuestro Monasterio para que hagáis de ello lo que queráis o por bien tuvieréis. Otrosi, cambiamos con vos, dicho Prior, dos tierras de pan llevar que nosotros tenemos en Sotovilla - aledañas, de una parte y de la otra a la Orden - por un linar que es de vuestro Monasterio y está en el término de Castrecías, aledaño, de una parte al camino real y de la otra a hijos de don Domingo Pérez y Juan López de Rebolledo de la Torre. De dicho trueque quedamos satisfechos, y porque es verdad, rogamos a Pedro Díaz de Paul, escribano del rey, que haga dos cartas, las firme y las signe con su signo. Estando presentes dichos testigos y yo - Pedro Díaz de Paul - escribano de nuestro señor el rey y su notario público, pongo aquí mi signo acostumbrado y mi nombre. Fecha, era de mil trescientos (año 1262).
"Documentación del Monasterio de San Salvador de Oña 1032-1284 (por Isabel Oceja Gonzalo) Tomo 3, pag. 175"
Año 1352
Becerro de la Behetrías de Castilla
En el texto original del Becerro de las Behetrías, dentro del conjunto de los lugares que forman la Merindad de Aguilar, no figuran - entre otras - siete poblaciones existentes a día de hoy y pertenecientes actualmente al Ayuntamiento de Aguilar de Campoó (Palencia), a saber: Gama, Grijera, Puentetoma, Renedo de la Inera, Santa María de Mave, Valdegama y Villacibio.
No se sabe a ciencia cierta ni se encuentra explicación alguna de porqué no figuran en dicho texto.
"Libro Becerro de las Behetrías (por Gonzalo Martínez Díez) Tomo I , pag. 419"
Año 1352
Castilla alta, según el Libro de las Behetrías ordenado por el monarca Pedro I en el año 1352, es la región formada por las merindades de Aguilar de Campoó y de La Pernía.Los pueblos de Castilla alta pertenecientes a la cuenca final del río Lucio de la merindad de Aguilar de Campóo, no muestran uniformidad con los de su condición hasta ahora estudiados, participando por el contrario, de los caracteres distintos de lugares aislados, montañosos y pueblos camineros entre merindades diversas, que valoraron en los bajos siglos medios de diferente forma a los lugares restantes. Fueron todos solariegos. Ninguno de éstos conoció otra tributación regia que la simple de monedas y servicios.
En los pueblos del Lucio final, Villacibio y Pozancos, que eran tributarios de Aguilar de Campóo, el primero por hallarse en el alfoz de esta población, y el segundo, por ser aldea dependiente de la misma, corrieron la suerte de casi todos los pueblos de la demarcación al venir a manos de D. Tello. Los dos satisfacían la fonsadera regia y los dos entregaban, cuales solariegos, a más del yantar, en que participaban con la cabezal, martiniega señorial en numerario y por alzada, y en Villacibio, cebada tan sólo de infurción por hogar, cuatro dineros por San Miguel y veinticuatro dineros de marzazga, así como en Pozancos trigo y cebada por mediados y tres maravedís como infurción, regímenes dispares ambos en lo tocante a ofrendas y, según se ha visto, los más frecuentes en los dominios de D. Tello.
En relación con el juego de sus fiscalidades entre sí, la constitución de éstas y los agrupamientos de los pueblos, abarcó Castilla alta zonas diferentes, donde en 1352 predominaba el solariego, como se ha dicho, masivo, y de reciente instauración. Afectaba dicha forma dominical a la mitad casi de sus pueblos. Los módulos de antigüedad, por tanto, entre todos los lugares de la región, no tiene nada de particular que los hayan determinado los tributos comunes en dichos pueblos con solariego, tanto los regios como los señoriales, abundando entre estos últimos los más arcaicos.
"Castilla Dividida en Dominios Según el Libro de las Behetrías (Discursos leídos ante la Real Academia de la Historia por Angel Ferrari Núñez) pag. 64"
Año 1352
Según la pesquisa ordenada por el Rey Pedro I el año 1352, Villacibio era una aldea solariega integrante del Alfoz de Aguilar. Se paga fonsadera en su calidad de derecho al Rey, además de martiniegas pagadas a Don Tello. Villacibio paga por este concepto 12 maravedís, que parece el modelo o tipo de los demás lugares. Como testimonio de proseguirse una tributación de señorío arcaico en Villacibio, con calendación doble que recuerda a las observadas en la Pernía del solariego de D. Tello, al que cada año cada uno paga por infurción una fanega de cebada, en el mes de marzo 24 dineros, por San Miguel 4 dineros y por martiniega cada año dan al dicho D. Tello 12 maravedís.
"Boletín de la Real Academia de la Historia Tomo 175, Cuaderno III, pag. 458"
Año 1427
En 15 de Diciembre de 1427 Juan Ferrandez Clérigo y Pedro Ferrandez, vecinos de Villacibio, como Mansesores o Testamentarios que eran de Juan de Thomé, vendieron para el cumplimiento de su anima á Ferrand Garcia tres Fazas(2) de pan llevar en término de Monegro(3) con entradas y salidas, y con todas sus pertenencias por sesenta Maravedis desta Moneda que facen dos Blancas el Maravedi. (Archivo de San Salvador de Oña).
"Apéndice a la Crónica Nuevamente Impresa del Señor Rey Don Juan el II, en que se da noticia de todas la Monedas, de sus valores, y del precio que tuvieron varios géneros en su Reynado, (Por el P. Fr. Licíniano Sáez, Monge del Real Monasterio de Santo Domingo de Silos, Orden de San Benito, Archivero de dicho Monasterio y Prior de San Frutos), pag. 29, párrafo 79"
Año 1432
Inventario del Señorío de la Vega
Inventario de bienes raíces que Dª Leonor de la Vega poseía en en año 1432 en el Valle de Gama:
El Castillo de Gama que está en este lugar de Gama, que son cinco barrios y son un concejo: Gama, Villacibio, Val (Valdegama), La Puente (Puentetoma) y Renedo (Renedo de la Inera) y hay en estos lugares veintiocho vecinos y paga cada vecino que hizo casa habitable y está casado , tres cuartos de pan, mitad trigo y mitad centeno (impuesto llamado fumazgo).
Además, las heredades rinden cada año sesenta fanegas de pan, mitad trigo y mitad centeno que son quince cargas de pan (cada carga equivale a 4 fanegas).
Rinde de martiniega al señor trescientos cincuenta y dos maravedís de moneda vieja, que son setecientos.
Rinde la hierba cien maravedís de esta moneda.
Rinde el pedido de estos lugares seiscientos maravedís.
Fuente Caliente de Valdeluso (Fuencaliente de Lucio), tres cargas de pan rinde cada año la heredad.
Cueves (Cuevas), no hay ningún vasallo, salvo una torre derribada y rinde la heredad diez cargas de pan, mitad trigo y mitad cebada.
"Inventario de los bienes raíces de Leonor de la Vega - 1432 (por Rogelio Pérez Bustamante), Revista de Archivos, Bibliotecas y Museos, Nº 81-1978, pag. 84"
Año 1466
Rentas de la Mesa Obispal, patrimonio que se remonta a la creación del Obispado, a raíz de su asentamiento en la ciudad de Burgos en el Siglo XI, a partir del cual aumentan las donaciones, para sufragar todos los gastos.
En el Siglo XV se constituyen una cuantiosa y diversa serie de rentas, correspondiendo a las localidades de Villacibio, Menascuela y San Miguel del Camino el pago de una renta en dinero de 21 florines. Cada florín equivale a 175 maravedís.
"La Propiedad Eclesiástica en la Ciudad de Burgos en el Siglo XV: El Cabildo Catedralicio (por Hilario Casado Alonso) pag. 51"
Año 1523
Apeo del Monasterio de San Salvador de Oña
En el año 1523 el Monasterio de San Salvador de Oña, solicita al rey Carlos I la ejecución de un apeo de todas sus propiedades, las cuales se encontraban distribuidas por varios lugares de lo que son hoy las provincias de: Burgos (mayoría de lugares), norte de la provincia de Palencia y sur de Cantabria.
Entre todos estos lugares se encuentran las propiedades que el Monasterio tenía en Villacibio y términos colindantes, que son de los que vamos a realizar la trascripción de la parte correspondiente del texto que se encuentra en un manuscrito existente en el Archivo Histórico Nacional.
"Apeo del Monasterio de San Salvador de Oña - Año 1523, (Archivo Histórico Nacional) Varias pags."
Año 1530
Censo de población de las Provincias y Partidos de la Corona de Castilla, tomado de los libros de repartimientos y recaudación de las Rentas y Derechos Reales desde el primero hasta el último tercio del Siglo XVI, cuyos documentos originales existen en el Real Archivo de Simancas. Labor realizada entre los años 1815 y 1828 por Tomás González, maestrescuela de la Catedral de Plasencia.
Este censo está copiado fielmente del libro titulado "Libro de repartimiento que se hizo de los ocho millones" (de donativo), en virtud de las averiguaciones que se hicieron de las vecindades del Reino en el año 1591, para desde el año 1594 en adelante. En este censo se consideraron pecheros todos los vecinos del pueblo, pero no consta que se incluyesen en él los individuos del clero.
Las notas comparativas de los años 1530, 1646 y 1694, se han tomado de los libros formados para el encabezamiento de alcabalas y repartimiento del servicio militar, en el cual había gran número de pueblos franqueados y personas privilegiadas, lo cual debe tenerse en cuenta para calcular la diferencia de población de unas épocas a otras.
Año 1530: Tierra de Aguilar - los pueblos de Gama, Renedo de la Inera, Puentetoma, Val y Villacibio suman un total de 46 vecinos pecheros.
En este año de 1530, la ciudad de Palencia tiene 1.364 vecinos pecheros y toda la provincia 29.571 vecinos.
En el año 1646 la ciudad de Palencia tiene 800 vecinos y en 1694, 972 vecinos.
Año 1588: Relaciones remitidas por los Arzobispos, Obispos, Prelados y personas eclesiásticas del vecindario de sus diócesis y territorios al Rey Felipe II, de mano de Francisco González de Heredia, secretario del Real Patronato de la Iglesia, copiados de los originales del Real Archivo de Simancas.
Obispado de Burgos: Memoria de las iglesias parroquiales y pilas que tiene el Arzobispado de Burgos y de los vecinos que tiene cada lugar.
Arciprestazgo de Aguilar de Campoo: Villacibio tiene una pila y 12 vecinos. Normalmente cada parroquia tiene su pila.
Remitido por el Arzobispo de Burgos el 27 de Noviembre de 1588.
"Censo de Población de las Provincias y Partidos de la Corona de Castilla en el Siglo XVI, (Imprenta Real de Madrid) Pags. 48 y 203"
Año 1737
Pleito litigado a petición del concejo, regidor y vecinos del lugar de Villacibio, jurisdicción de justicia de la villa de Aguilar de Campoo, con el regidor, procurador del lugar y vecinos de Villaescusa de las Torres, de la misma jurisdicción.
Pleito que se trató en la Corte y Chancillería de Valladolid ante el presidente y oidores de ella, ante el regidor, procurador, concejo y vecinos del lugar de Villaescusa de las Torres, jurisdicción de justicia de la villa de Aguilar de Campoo y Nicolás García de Villalpando su procurador; y el concejo, regidor y vecinos del lugar de Villacibio, de la misma jurisdicción, y Alonso de Cea Gil su procurador; y el concejo y vecinos de los lugares de Mave, de la misma jurisdicción y La Rebolleda (Burgos), jurisdicción de la justicia de la villa de Villadiego (Burgos), que por este pleito han sido instados y emplazados en audiencia del día de la fecha, por el aprovechamiento del pasto y aguas comunes a los referidos cuatro lugares, en el término denominado de La Valseca de en medio, el cual tuvo principio ante Don Francisco Antonio Ortega, procurador de la villa de Aguilar de Campoo, el 16 de Julio del año 1737. Finalizó en la Audiencia de la Real Chancillería de Valladolid, con sentencias de vista y revista, el 22 de Octubre del año 1746.
“Archivo de la Real Chancillería de Valladolid, Ejecutorias Caja 3199, 35”
Año 1752
Villacibio está habitado por 10 vecinos y en él hay 18 casas habitables. La distancia a la capital Palencia, es de 14 leguas. El pueblo es un lugar de señorío perteneciente al Duque de Alba. El término privado del pueblo tiene una extensión total de 880 fanegas y el término comunero tiene una extensión total de 1.770 fanegas. En dicho término se siembra hierba, trigo, cebada, avena, centeno, lino y yeros. El ganado que se cría es el vacuno, lanar, caballar, asnal y de cerda.
"Catastro de la Ensenada, (Libro 494) Pags. 379 a 390"
Año 1759
Vecindario de Ensenada
Provincia de Palencia, estado del número de individuos que existen en esta provincia, con distinción de valles y jurisdicciones y de la clase a que cada uno corresponde, según resulta de las Respuestas Generales, Memorias y Libros Originales formados para el establecimiento de única contribución.
Valle de Gama, constituido por Gama (villa), Renedo de la Inera (lugar), Puentetoma (lugar), Valdegama (lugar) y Villacibio (lugar).
Número de individuos según la clase a que cada uno corresponde, en el lugar de Villacibio:
Vecinos útiles: - Nobles = 0, - Pecheros = 4,5
Vecinos jornaleros: - Nobles = 0, - Pecheros = 6
Pobres de solemnidad: - Nobles = 0, - Pecheros = 0
Habitantes: - Nobles = 0, Pecheros = 0
Viudas pobres cuyo estado no consta = 1
Total vecinos: 11,5
Eclesiásticos seculares = 1
En cuyas ocho clases, van comprendidas dos viudas por un vecino. Como todo resulta de las Respuestas Generales, Memoriales y Libros Originales que paran en la Contaduría Principal de mi cargo, de que certifico. Palencia, Septiembre cuatro, de mil setecientos cincuenta y nueve. Bernardo Díez Paniagua.
"Vecindario de Ensenada, Centro de Gestión Catastral, Vol. II"
Años 1768-1769
Censo de Aranda
Población de los pueblos de España, con distinción de parroquias y diócesis. Copiado de las relaciones que los curas remitieron a la Secretaría de la Presidencia del Consejo de Castilla en los años 1768 y 1769, en virtud de orden comunicada por el Excelentísimo Señor Conde de Aranda a los Arzobispos y Obispos del Reino, para el uso y gobierno de la Real Academia de la Historia. Año de mil setecientos setenta y tres.
Arzobispado de Burgos, Corregimiento de Valdegama en la provincia de Palencia, lugar de Villacibio:
Parroquia de San Miguel:
Eclesiásticos y sirvientes de la iglesia = 1
Hay un cura (que dio la relación en quince de Noviembre de mil setecientos sesenta y ocho), un sacristán y un síndico de San Francisco.
"Censo de Aranda, INE, Vol II"
Año 1785
Según las relaciones originales de los Respectivos Intendentes de las Provincias del Reino, a quienes se pidieron de orden de su Majestad por el Exceletísimo Señor Conde de Floridablanca, y su Ministerio de Estado en 22 de Marzo de 1785: Villacibio es lugar de Señorío Secular del Duque de Alba, de la provincia de Palencia, partido de Montaña y jurisdicción de Gama.
"España dividida en provincias e intendencias y subdividida en partidos, corregimientos, alcaldías mayores, gobiernos políticos y militares, así realengos como de órdenes, abadengo y señorío, (por la Imprenta Real de Madrid)"
"Nomenclátor o Diccionario de las ciudades, villas, lugares, aldeas, granjas, cotos redondos, cortijos y despoblados de España y sus islas adyacentes, (por la Imprenta Real de Madrid)"
Año 1785
Pleito litigado a petición de Francisco González Barriuso, vecino del lugar de Valle de Santullán, jurisdicción de justicia de la villa de Aguilar de Campoo, con Domingo Rojo, presbítero, y consortes vecinos de Villacibio, de la misma jurisdicción, sobre paga de maravedís.
Pleito que se trató en la Corte y Chancillería de Valladolid ante el presidente y oidores de ella, entre Don Domingo Rojo, presbítero beneficiado y cura del lugar de Villacibio, jurisdicción de la justicia de la villa de Aguilar de Campoo, Joseph García vecino del lugar de Pozancos, de la misma jurisdicción, Lorenzo García y Francisco Gutiérrez vecinos del lugar de Rebolledo de la Torre (Burgos), jurisdicción de la justicia de la villa de Villadiego (Burgos), como maridos respectivamente de María Cruz y Manuela Cuesta, y Diego García Gutiérrez su Procurador, de la una parte; Francisco González Barriuso, vecino del lugar de Valle de Santullán, jurisdicción de la justicia de la villa de Aguilar de Campoo, y Manuel Palacios García su Procurador, de la otra, sobre la paga y satisfacción de dos mil reales del post mórtem, y la prorrata a los mil quinientos reales de alimentos y otras cosas en el mencionado pleito deducidas, el cual vino en grado de apelación a la enunciada Corte y Chancillería de Valladolid, de cierta sentencia dada y pronunciada por el Alcalde Mayor de la dicha villa de Aguilar de Campoo, ante quien tuvo su principio el 20 de Agosto del año 1785. Finalizó por sentencia dada en la Audiencia de la Real Chancillería de Valladolid, el 14 de Agosto del año 1786.
“Archivo de la Real Chancillería de Valladolid, Ejecutorias Caja 3541,4”
Año 1787
Pleito a petición de Domingo Rojo vecino del lugar de Villacibio, jurisdicción de la justicia de la villa de Aguilar de Campoo, y otros consortes, con Francisco González vecino del lugar de Pozancos, de la misma jurisdicción, y consortes, sobre paga de porción de granos procedida de la presentación de una escritura enfitéutica.
Pleito que se trató en la Corte y Chancillería de Valladolid ante el presidente y oidores de ella: De una parte, Manuel Josef de Sobejano, procurador en nombre de Domingo Rojo, beneficiado y cura del lugar de Villacibio, jurisdicción de la justicia de la villa de Aguilar de Campoo, Josef García vecino del lugar de Pozancos, de la misma jurisdicción, Lorenzo García como marido de María Cruz Cuevas y Francisco Gutiérrez como marido de Manuela Cuevas, ambos vecinos del lugar de Rebolledo de la Torre (Burgos), jurisdicción de la justicia de la villa de Villadiego (Burgos), todos como herederos que fueron de Fernando Blanco, cura beneficiado que fue de la parroquial del dicho lugar de Pozancos. De la otra, Crisanto Román, procurador en nombre Francisco González, vecino del dicho lugar de Pozancos, Pedro y Francisco González Arroyo, hermanos y vecinos del lugar de Valdegama, jurisdicción de la justicia de la villa de Aguilar de Campoo, los cuales presentaron una escritura enfitéutica suponiendo ser herederos de Esteban González del Moral, su abuelo, hermano de Bernardo González del Moral, cura que fue del dicho lugar de Pozancos y capellán de la intitulada el Ángel Custodio, fundada en la ermita del referido Pozancos. Pidieron ejecución por treinta y ocho fanegas de trigo que figuraron estárseles debiendo por Domingo Rojo y consortes como tales herederos, vencidas en nueve años y medio a cuatro en cada uno, y una pensión de otras cuatro fanegas de trigo, que dicen estar fundadas sobre heredades de dicha capellanía. Lo decretó y mandó el Alcalde Mayor y justicia ordinaria de la villa de Villadiego y su jurisdicción, el 2 de Mayo del año 1787. Finalizó por auto dado en la Audiencia de la Real Chancillería de Valladolid, el 11 de Mayo del año 1788.
“Archivo de la Real Chancillería de Valladolid, Pleitos Civiles Caja 660,1”
Año 1828
Villacibio es un lugar secular de España, provincia de Palencia, partido de Carrión, arzobispo de Burgos regidor pedáneo, 10 vecinos, 42 habitantes; situado en el valle de Gama, que está en los confines Nordeste de esta provincia con la de Burgos, en terreno cercado de montañas que dan vertientes al río Camesa, linda con los términos de Val, Gama y Mave. Produce trigo, cebada, centeno y algunas legumbres. Dista 11 leguas de la cabeza de partido.
"Diccionario Geográfico-Estadístico de España y Portugal (por Sebastián de Miñano y Bedoya) Tomo IX, Pag. 353."
Año 1850
Villacibio es un lugar agregado al ayuntamiento de Gama en la provincia de Palencia (distante 16 leguas), pertenece al partido judicial de Cervera de Rio Pisuerga (distante 5,5 leguas), audiencia territorial y capitanía general de Valladolid (distante 24 leguas); situado en terreno poco llano y dominado por el Oeste de una corta elevación; su clima es frío combatido por los vientos de Norte y de Sur y propenso a constipados y pulmonías. Tiene 18 casas de pobre construcción; una fuente de buenas aguas; iglesia parroquial (San Miguel) de provisión del ordinario en patrimoniales.
El término confina por el Norte con Val; Este, Pozancos; Sur, Santa María de Mave, y Oeste, La Rebolleda; el terreno es de mediana calidad y no le baña sino por un extremo un pequeño arroyo. Para surtido de leña hay un pequeño matorral de roble; los caminos son locales y malos; el correo se recibe de Aguilar. Produce trigo, centeno, cebada, avena y nabos; se cría ganado lanar, vacuno y de cerda; caza de liebres, codornices y perdices. Industria: la agrícola. Comercio: la venta del sobrante de sus producciones. Población: 6 vecinos, 31 almas. Capital productos: 10.360 reales. Imponible: 475 reales.
"Diccionario Geográfico-Estadístico-Histórico de España y sus Posesiones de Ultramar (por Pascual Madoz Ibáñez) Tomo XVI, pag. 109."
Año 1854
Villacibio es un lugar situado en terreno escabroso, del partido judicial de Cervera de Río Pisuerga distante 5,5 leguas, agregado al ayuntamiento de Gama. Tiene iglesia parroquial, recibe el correo de Aguilar, produce trigo y otros frutos y dista de Palencia 16 leguas. Población 31 habitantes.
"Diccionario Geográfico de España y de sus Colonias (por P. Vidal) pag. 838."
Año 1869
Petición a las Cortes Constituyentes
En favor de la unidad católica en España por la Junta Superior de la Asociación de Católicos en España: Los que suscriben piden a las Cortes Constituyentes se sirvan decretar que la religión católica apostólica romana, única verdadera, continua siendo y será perpetuamente la religión de la nación española, con exclusión de todo otro culto, y gozando de todos los derechos y prerrogativas de que debe gozar según la ley de Dios y lo dispuesto en los sagrados cánones. Madrid 1º de Abril de 1869. Se adjunta catálogo de los pueblos y número de personas que han suscrito la petición anterior, entre los cuales se encuentra Villacibio con 76 firmantes.
"Petición dirigida a las Cortes Constituyentes en favor de la Unidad Católica en España, El Marqués de Viluma, El Conde de Orgaz, El Conde de Vigo, Francisco José Garvia y Enrique Pérez Hernández, pags. 19 y 209"
Año 1874
Villacibio pertenece al partido judicial de Cervera de Pisuerga, cuyas riquezas mas importantes son la madera, la ganadería, las minas y los cereales en menor importancia. Está encuadrado en el ayuntamiento de Gama junto con otros pueblos que en total tienen 635 habitantes.
Villacibio en esa época tiene 13 casas y 5 molinos.
Minas: El número de minas denunciadas en todo el partido hasta diciembre de 1873 era de 186, y entre ellas las de "esquisto bituminoso"(4) en Olleros, Lomilla, Villacibio y Puentetoma.
"El Libro de Palencia (por Ricardo Becerro de Bengoa) pags. 16 y 211"
Año 1875
La minería en Palencia: distribución geológica de los criaderos minerales
El terreno triásico aparece sobre el carbonífero en el Norte de la provincia de Palencia, principalmente en la comarca de la Montaña Palentina.
En este suelo triásico se encuentran los manchones de hierro de Renedo y Barcenilla, los lignitos de Villacibio, Lomilla y Mave, y en el nudo de unión que forman el triásico, el jurásico y el cretáceo en las inmediaciones de Becerril del Carpio, se encuentran entre numerosísimas especies de moluscos fósiles, la madera silificada fósil en gran tamaño.
En el año 1874, había denunciadas minas de hierro en San Martín de los Herreros, de plomo en Alba de Cardaños y Vañes, de lignito en Mave, Lomilla y Villacibio y de sal en Quintanaluengos y Salinas, pero sin producción apreciable.
El año 1875 fue el más próspero para la minería de cuantos se había venido trabajando. Es en este año cuando empezaron a explotarse, entre otras, las minas de lignito de Mave, Lomilla y Villacibio.
"Revista de España (por Ricardo Becerro de Bengoa) Vol. 122, pags. 486, 510 y 511"
Año 1883
Acta de supresión de la parroquia de La Rebolleda (Burgos) y su agregación a la de Villacibio (Palencia)
En el lugar de La Rebolleda, a trece días del mes de Julio de mil ochocientos ochenta y tres, habiendo fallecido D. Elías Pérez, cura beneficiado que fue de esta iglesia de San Estéban de este pueblo, y hallándose según el arreglo parroquial aprobado en esta diócesis, suprimida esta dicha parroquia y agregada a la de San Miguel de Villacibio en virtud de lo dispuesto por el Sr. Vicario Capitular, sede plena, en cinco del corriente, se declara definitivamente suprimida y unida a la expresada de Villacibio, cuyos curas se titularán en lo sucesivo de Villacibio y su unida La Rebolleda, quedando ésta segregada del Arciprestadgo de Campo(2) e incorporada al de Villarén(1), al que pertenece la matriz. Y para que conste en cumplimiento de lo mandado, lo firmamos el cura sirviente de Villacibio y los Arciprestes de Villarén y Campo, fecha ut supra.
Fdo.:
- Andrés Martínez de Quevedo (Arcipreste de Villarén)
- José de la Canal (Arcipreste de Campo)
- Enrique Montes (cura sirviente de Villacibio)
- (1)Villarén de Valdivia
- (2)Aguilar de Campoo
- Archivo eclesiástico de La Rebolleda (Burgos)
Año 1884
Acerca de la geología: sistema triásico
La mayor parte de la formación triásica de esta zona, rodea casi sin interrupción las masas siluriana y carbonífera, formando una estrecha faja.
Hay una mancha triásica en el límite de la provincia de Burgos con la de Palencia, en la cual se hallan los pueblos de La Rebolleda (Burgos) y Villacibio (Palencia). Cuando las capas triásicas se apoyan sobre las silurianas se observa una discordancia muy marcada en la estratificación; cosa que no sucede cuando descansa sobre el sistema carbonífero, pues en este caso las discordancias son imperceptibles, y contribuye a hacer poco visible la línea de separación de ambos el que las rocas que se hallan en el contacto son de naturaleza semejante.
"Boletín del Instituto Geológico y Minero de España Tomo 11, pag. 75"
Año 1899
En la mañana del día 11 de Enero de 1899 se declaró un impresionante incendio en el pueblo de Villacibio en una casa propiedad de Fermín Millán Rojo, vecino del mismo, la cual quedó por completo reducida a cenizas. Gracias al esfuerzo del vecindario, el fuego fue dominado, evitando así su propagación a otras viviendas.
"Noticiero Salmantino, Nº 302 - 15 Enero 1899"
Año 1906
Villacibio es un lugar de la provincia de Palencia, a 88 Kms. de la capital, perteneciente al partido judicial de Cervera de Río Pisuerga, con 60 habitantes.
"Diccionario Completo de la Lengua Española, por M. Rodríguez-Navas, pag. 1446"
Año 1907
La Protesta Nacional - Protesta contra el Proyecto de Ley de Asociaciones para pedir a S.M. Católica y a su Gobierno la retirada de esa Ley.
Protestas de seculares y de asociaciones católicas con adhesiones de gran número de poblaciones entre las que se encuentran los católicos de Mave, La Rebolleda, Villacibio, Valdegama, Pozancos, Castrecías y Rebolledo de la Torre.
"Revista Razón y Fe (por Padres de la Compañía de Jesús) Tomo XVII, pag. 129."
Año 1910
Villacibio es un lugar de la provincia de Palencia, con 32 edificios y 74 habitantes, según el censo de 1910. Corresponde al ayuntamiento de Valdegama y al partido judicial de Cervera de Pisuerga y a la diócesis de Burgos. Está situado en la parte septentrional de la provincia y en el límite de la de Burgos, a orillas del río Lucio y del Pisuerga. El terreno es montuoso; produce cereales, patatas y legumbres. Estación de ferrocarril de Mave.
"Enciclopedia Universal Ilustrada Europeo-Americana (Espasa Calpe) Vol 66, pag. 472".
Año 1919-1950
Explotaciones mineras en Villacibio:
1.- Arenas y conglomerados con lutítas versicolores y alteraciones caoliníferas. Albiense superior-Cenomaniense Esta unidad de naturaleza detrítica, se encuentra distribuida en toda la Hoja, se conoce también con el nombre de Arenas de Olleros de Pisuerga (FLOQUET et al. 1982), distinguidas como miembro de las Arenas de Utrillas (AGUILAR et al. 1971).
La litogía de la unidad está compuesta por conglomerados, areniscas, limolitas y lutitas. La mejor sección de la unidad se encuentra en las inmediaciones de Olleros de Pisuerga. La base de la columna se encuentra en el km 100 de la Carretera Nacional 611, y el techo sobre la curiosa iglesia de Olleros, excavada en los niveles areniscosos de Utrillas y con una decoración natural en sus paredes consistente en las estratificaciones cruzadas propias de estos niveles.
Otros puntos de observación de la unidad se encuentran en Villacibio y en Villarén de Valdivia, cortes parciales en donde se observan bastante bien las estructuras y asociaciones de facies de los niveles conglomeráticos-arenosos.
2.- Areniscas ocres, calizas con ostreidos, margas, lutítas y niveles carbonosos. Cenomaniense. Otra litología característica son los niveles de acumulación de materia orgánica vegetal, que van desde margas y lutitas verdes y grises con un laminado tractivo interno, a lutitas carbonosas con intercalaciones lignitíferas centimétricas. Son restos carbonosos resedimentados y se acumulan junto con los términos más pelíticos en momentos de mayor decantación. La potencia de estos tramos carboníferos son centimétricos a decimétricos con espesores medios máximos de 30-40 cm.
Proceden de un litoral vegetado en el límite inter-supramareal. Son carbones de mala calidad y con un alto contenido en cenizas a pesar de lo cual fueron aprovechados a mediados de siglo. Las explotaciones más notables se encuentran en Olleros de Pisuerga, Villacibio y Rebolledo de la Torre.
3.- Minerales energéticos: Se conocen citas históricas remotas del lignito cretácico existente principalmente en el área de Valoria de Aguilar-Lomilla-Olleros de Pisuerga-Villacibio y en menor grado en Rebolledo de la Torre.
Entre los años 1919 y 1950 es cuando se han realizado los aprovechamientos más completos a través de planos inclinados y galerías subterráneas que, en muchas ocasiones, no superaban la obtención de 500 toneladas/año.
Se efectuaron trabajos mineros en Valoria de Aguilar (mina «Siempre Pilar»), Lomilla, Olleros de Pisuerga (mina «San José), Villacibio (mina «San Jerónimo»), Valdegama y Rebolledo de la Torre.
En el Cenomaniense, en la unidad transicional al medio marino, con carbonatos, se intercalan sedimentos detríticos areniscosos y lutíticos con pasadas centimétricas de lignitos y arcillas carbonosas que son propias de ambientes de marismas.
Se ha reconocido y aprovechado una capa de 0,2 m en Valoria de Aguilar, Olleros de Pisuerga, Villacibio y Valdegama con alto contenido en cenizas y en azufre. A 2-3 m del techo de esta capa se encuentra el primer nivel calcarenítico bien desarrollado, lo que constituye una buena guía de prospección.
En Rebolledo de la Torre se ha explotado una capa equivalente a esta cronológica y estratigráficamente, con potencia y calidad similar.
"Instituto Tecnológico Geominero de España - Mapa Geológico de España (Explicación de la Hoja 133 - Prádanos de Ojeda) pags. 54, 56, 127 y 128"
Año 1942
Jefatura de Minas del Distrito de Palencia
Don Arturo Almazán y San Miguel, Ingeniero Nacional de Minas y Jefe interino de este distrito.
Hago saber: Que por don Marcelino Macho Rabanal, vecino de Santibáñez de la Peña (Palencia), con cédula personal núm. 927, que ha exhibido, se ha presentado en el Gobierno Civil a las once horas del día 26 de Octubre de 1942, solicitud de registro de treinta pertenencias para la mina titulada "San Jerónimo", cuyo expediente tiene el número 2748 de mineral de lignito, sita en término de Villacibio, Ayuntamiento de Valdegama, al sitio llamado La Cuesta, de la provincia de Palencia.
La designación que se hace es la siguiente:
Se tomará como punto de partida, el ángulo más al Oeste de una finca de labor denominada El Colmenar, propiedad de don Laurentino Millán Adán, vecino de Villacibio; desde este punto de partida en dirección O. 30º N., se medirán 1000 metros para colocar la primera estaca; desde ésta y en dirección N. 30º E., se medirán, 300 metros para colocar la segunda estaca; desde ésta y en dirección E. 30º S., se medirán 1000 metros para colocar la tercera estaca, y desde ésta en dirección S. 30º O., se medirán 300 metros para llegar al punto de partida, quedando con esto cerrado el perímetro de las treinta pertenencias.
Los rumbos fueron tomados con una brújula de división sexagesimal y con arreglo al Norte magnético para referirlos al Norte verdadero, contando que dicha brújula tiene una declinación de 14 grados 30 minutos.
Igualmente hago saber que por decreto de este día, el Sr. Gobernador civil de la provincia se ha servido admitir dicho registro, salvo mejor derecho y sin perjuicio de tercero, mandando que se expidan edictos que se fijarán en la tabla de anuncios de esta Jefatura y en el pueblo de Valdegama, insertándose también en el BOLETÍN OFICIAL, para que si alguna persona tuviera que oponerse, lo verifique en la forma y plazo improrrogable de sesenta días, según lo prevenido por el artículo 24 de la Ley de Minas de 6 de Julio de 1859, reformada por la de 4 de Marzo de 1868.
- Palencia 26 de Octubre de 1942.
- El Ingeniero jefe interino, Arturo Almazán.
- Publicado en el “Boletín Oficial de la provincia de Palencia” el Viernes 6 de Noviembre de 1942.
Año 1944
Delegación Provincial de Abastecimientos y Transporte
Economatos mineros
Con esta fecha, la Dirección Técnica de Abastecimientos de la Comisaría General comunica a esta Jefatura Provincial, haber sido aprobada por la Dirección General de Trabajo, bajo el número 1039, la constitución de un Economato que habrá de ser instalado en Villacibio (Mave), de esta provincia, por la Empresa «Marcelino Macho».
En su virtud, se dispone con esta fecha, que las cartillas individuales de racionamiento de los beneficiarios pertenecientes al nuevo Economato, causen baja en las tiendas de ultramarinos en que habitualmente se suministran y sean selladas en el nuevo Economato, previa presentación de las bajas que acrediten haber sido excluidos del Censo ordinario, causando alta en el especial de Economatos preferentes, sin perjuicio de que, por los interesados, se formulen las declaraciones juradas de familia minera, que previene la Circular núm. 196, a las que se dará el trámite correspondiente, que no obstante, no invalida el alta inmediata un el Economato, pero que servirá a «posteriori» para acreditar la legitimidad de inclusión en él.
- Palencia 17 de Febrero de 1944.
- El Gobernador Civil, Enrique de Lara y Guerrero
- Publicado en el “Boletín Oficial de la provincia de Palencia” el Lunes 21 de Febrero de 1944.
Gobierno Civil de Palencia
CIRCULAR Núm. 49
Explosivos
Don Enrique de Lara y Guerrero, Gobernador Civil de esta provincia de Palencia.
Hago saber: Que por don Marcelino Macho Rabanal, vecino de Santibáñez de la Peña, propietario de la concesión minera de lignito nombrada San Jerónimo, número 2748 sita en el pueblo de Villacibio, Ayuntamiento de Valdegama, se ha presentado una instancia solicitando autorización para establecer un polvorín en el paraje llamado «La Cuesta», para atenciones de la explotación de la citada mina.
En el referido polvorín, que será superficial conforme a los planos presentados, se almacenará la cantidad máxima de 400 kilos de dinamita o explosivo similar y 2000 detonadores, en forma y condiciones reglamentarias.
Lo que se publica en este BOLETIN OFICIAL en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 137 del Reglamento de Explosivos de 25 de Junio de 1920, para que las personas que se crean perjudicadas con el emplazamiento del proyectado polvorín, presenten sus protestas o reclamaciones en este Gobierno Civil en el plazo de veinte días, contados a partir de la fecha de publicación del presente anuncio en este periódico oficial.
- Palencia 28 de Marzo de 1944.
- El Gobernador Civil, Enrique de Lara y Guerrero.
- Publicado en el “Boletín Oficial de la provincia de Palencia” el Miércoles 29 de Marzo de 1944.
Cuerpo Nacional de Ingenieros de Minas
DISTRITO MINERO DE PALENCIA
Con fecha 17 de los corrientes, el Excmo. Sr. Gobernador Civil de la provincia de Palencia, se ha servido dictar la siguiente providencia:
Visto el expediente incoado a instancia de don Marcelino Macho Rabanal, vecino de Santibáñez de la Peña, solicitando autorización para instalar un polvorín en el paraje de La Cuesta, en el pueblo de Villacibio del Ayuntamiento de Valdegama y para atenciones de su mina San Jerónimo en dicho término y pueblo.
Visto el Reglamento de Explosivos de 25 de Junio de 1920 y su adicional de 10 de Marzo de 1925 y Reglamento de Armas de 30 de Diciembre de 1941.
Visto el informe emitido por la jefatura de Minas del Distrito Minero.
Resultando: Que no se ha presentado protesta ni reclamación alguna contra la instancia solicitando esta autorización.
Considerando: Que en la tramitación de este expediente se han observado los preceptos legales y reglamentarios, y de conformidad, con el precitado informe y disposiciones mencionadas,
Vengo en conceder autorización a don Marcelino Macho Rabanal, para instalar el polvorín solicitado para atenciones de su mina San Jerónimo, con sujeción a las siguientes condiciones:
1.ª El edificio proyectado deberá tener sus puertas recubiertas de chapa de hierro y abrirán hacia fuera.
2.ª La cantidad máxima a almacenar, será de 400 kilos de dinamita o explosivo similar y 2000 detonadores.
- Palencia 19 de Mayo de 1944.
- El Ingeniero Jefe, Víctor M. Gómez Izquierdo.
- Publicado en el “Boletín Oficial de la provincia de Palencia” el Lunes 22 de Mayo de 1944.
Año 1952
Estudio de la reserva petrolífera de la provincia de Burgos
Por Orden Ministerial de 9 de Noviembre de 1946 (BOE de 15 de Noviembre de 1946) se dispone con carácter provisional, la reserva en favor del Estado de una extensa área, comprendida en su mayoría en la parte Norte de la provincia de Burgos, para efectuar en ella investigaciones en busca de petróleo.
A continuación se expone un extracto del estudio realizado durante los años 1949/50/51:
Estratigrafía: Triásico Wealdense
El Cretáceo inferior, aparte del interés que pudiera tener desde el punto de vista petrolífero, ocupa un lugar destacado en la estratigrafía de la zona estudiada, por la gran extensión que cubre dentro de ella. En el Sur de la zona, se han separado las calizas consideradas de base. Donde mejor se observan es en los flancos del que podemos llamar anticlinal de Pozancos, donde las calizas lacustres reposan en discordancia sobre el Jurásico.
Al Sur de Valdegama y Pozancos, sobre estas calizas yacen conglomerados, areniscas rojizas y margas, siendo interesante señalar que al Norte de Villacibio y Valdegama, en la parte superior del Wealdense, existe una capa de lignito que se ha intentado explotar en varios puntos, pero no se ha separado el Albense.
"Boletín del Instituto Geológico y Minero de España Tomo 64, pag. 213"
Año 1955
Anteriormente a esta época, las iglesias de varios pueblos palentinos estaban encuadradas en la archidiócesis de Burgos.
El Arzobispo de Burgos y el Obispo de Palencia conversaron acerca del mejor arreglo de los límites parroquiales entre las dos provincias.
El 12 de marzo de 1955 en un escrito enviado por el Arzobispo de Burgos al Obispo de Palencia decía: "En cuanto a las filiales para mi la cosa es clara, supuesto el principio acordado de la coincidencia de límites diocesanos y parroquiales: filiales palentinas de matrices palentinas, pasan a Palencia; filiales palentinas de matrices burgalesas quedan en Burgos sometidas a arreglo parroquial; hay una, La Rebolleda (Burgos) filial de Villacibio (Palencia)" - texto de Francisco Herreros, archivero de la diócesis de Palencia-. Como conscuencia de este acuerdo, todas las iglesias palentinas pasarían a la diócesis de Palencia.
Respecto a los dos pueblos siguientes: La Rebolleda (Burgos) dentro de la provincia de Palencia y Villodrigo (Palencia) dentro de la provincia de Burgos se tomaron las siguientes soluciones:
1ª.- La iglesia de La Rebolleda (Burgos) era anejo de la parroquia de Villacibio, se siguió la continuidad territorial de la diócesis, La Rebolleda pasó con Villacibio a la diócesis de Palencia.
2ª.- Villodrigo (Palencia) tenía parroquia propia, quedando en la diócesis de Burgos.
"Geografía Histórica de la Diócesis de Santander (por José Luis Zubieta Irún) pags. 136, 137 y 165"
Año 1969
Delegación de Industria de la provincia de Palencia
Cambio de la antigua instalación eléctrica a 125 voltios, existente en los términos municipales de Mave, Villacibio, Valdegama y Pozancos, por otra más moderna y actualizada, a 220 voltios.
Visto el expediente incoado en esta Delegación de Industria, a instancia de la empresa Distribuidora Palentina de electricidad, S.A., con domicilio en Palencia, calle Queipo de Llano - 1, en solicitud de instalación de líneas aéreas, centros de transformación y redes de baja tensión en los términos municipales de Mave, Villacibio, Valdegama y Pozancos y cumplidos los trámites reglamentarios indicados en las disposiciones vigentes.
Esta Delegación de Industria ha resuelto:
Autorizar a la empresa Distribuidora Palentina de electricidad, S.A., la instalación de línea aérea de 10 KV., con una longitud total de 8.500 metros, para suministro de energía eléctrica a Mave, Villacibio, Valdegama y Pozancos, conductor de cable de aluminio acero de 27,87 mm.2, apoyos de hormigón precomprimido, crucetas de madera y aisladores de vidrio, centros de transformación interior de 30 KVA y redes de baja tensión de 330/220 voltios.
Esta autorización se otorga de acuerdo con la Ley de 24 de Noviembre de 1939, Ley 10/1966 de 18 de Marzo, Decretos 2617 y 2619/1966 de 20 de Octubre, y las condiciones generales fijadas en la Norma 11 de la Orden Ministerial de 12 de Septiembre de 1939 y las especiales siguientes:
1ª.- Las instalaciones se ajustarán a las condiciones impuestas en el trámite de desarrollo y ejecución.
2ª.- Los elementos de la instalación proyectada serán de procedencia nacional.
3ª.- Esta Delegación de Industria efectuará durante las obras de instalación y una vez terminadas éstas, las comprobaciones necesarias de los servicios de electricidad y así mismo el de las condiciones especiales de esta Resolución, y en relación con la seguridad pública, en la forma especificada en las disposiciones vigentes.
4ª.- Las obras deberán realizarse, en lo que no resulte modificado por las cláusulas de la presente autorización o por las pequeñas variaciones que puedan ser autorizadas, de acuerdo con el proyecto presentado.
5ª.- El plazo de puesta en marcha será de seis meses, contados a partir de la publicación de la presente autorización en el Boletín Oficial de la provincia.
6ª.- El titular de estas instalaciones dará cuenta por escrito a esta Delegación de Industria de la fecha de comienzo de los trabajos. Igualmente de la terminación de las obras, a efectos de reconocimiento definitivo y extensión de acta de puesta en marcha como cumplimiento del artículo 16 del mencionado Decreto 2617-1966.
7ª.- Se cumplimentará el condicionado que imponga la Jefatura de Obras Públicas de la Provincia.
8ª.- La Administración dejará sin efectos la presente autorización en cualquier momento en que se compruebe el incumplimiento de las condiciones impuestas.
Dios guarde a Ud. muchos años.
Palencia 24 de Septiembre de 1969 – El Delegado Provincial, Juan Manuel Mateo y Echevarría.
“Boletín Oficial de la provincia de Palencia”, miércoles 15 de Octubre de 1969”
Año 1970
Plan de mejora de la electrificación rural de 1970
Particular interés merece el problema que para los pequeños núcleos de población de la Región Duero significa la deficiente situación de suministro eléctrico. El objetivo es dotar a los pequeños núcleos de población de una red eléctrica capaz y segura.
En la provincia de Palencia, en los últimos años se han electrificado parte de los pueblos que contaban con sistemas deficientes de distribución.
Se inicia el plan en el año 1970. Se han puesto en marcha las líneas de suministro de Mave, Villacibio, Valdegama y Pozancos a la tensión de 10 kV y se ha solicitado autorización para el tendido de otras líneas en la provincia.
Entre las líneas montadas y en montaje se construirán unos 80 Km. y se calculan en 550 millones de kW/h las necesidades de la provincia, cuando con este plan de mejora, estén todos los pueblos electrificados.
"Situación actual y perspectivas de desarrollo de la región Duero (Confederación Española de Cajas de Ahorros) 1975 - Volumen 4, pag. 429"
Año 1973
Concentración parcelaria del campo español
Para facilitar la mecanización y modernización de la agricultura, en el mes de Agosto de 1973 se comienzan los trabajos para llevar a cabo la concentración parcelaria en todos los pueblos pertenecientes en aquel entonces al ayuntamiento de Valdegama, entre ellos Villacibio. Hasta esa fecha, el terreno rústico agrícola estaba formado por gran cantidad de pequeñas fincas (minifundios).
Año 1974
MINISTERIO DE INDUSTRIA - DELEGACION DE PALENCIA - SECCION DE MINAS
El Delegado del Ministerio de Industria en Palencia.
Hago saber: Que a las doce horas y treinta minutos del día 2 de noviembre de 1973, se ha presentado en esta Jefatura, instancia suscrita, por don Máximo Pedrosa Losada, vecino de Madrid (Avda. de Pío III, núm. 5, en solicitud de Permiso de Investigación de 17 Cuadriculas (510 pertenencias de mineral de Caolín y Lignito, denominado "PROSPERIDAD IV" situado en el paraje Aguilar de Campoo, en su anejo Mave, Villacibio, Valdegama (Palencia) y La Rebolleda (Burgos), del término de íd., íd., íd., perteneciente al Ayuntamiento de Aguilar de Campoo y Valdegama (Palencia) y Rebolledo de la Torre (Burgos), a cuyo expediente ha correspondido el número 3122 de dicha provincia de Palencia.
La designación del terreno so1icitado es la siguiente:
Inters. 42º 40' 20" L. N. y 0º 34' 00" de longitud O.
Inters. 42º 43' 40" L. N. y 0º 34' 00" de longitud O.
Inters. 42º 43' 40" L. N. y 0° 31' 20" de longitud O.
Inters. 42º 43' 20" L. N. y 0° 31' 20" de longitud O.
Inrers. 42º 43' 20" L. N. y 0º 35' 00" de longitud O.
Quedando así cerrado el perímetro de las 17 Cuadriculas Mineras solicitadas.
Todos los rumbos se refieren al Norte astronómico o verdadero. Hoja número 133 "Prádanos de Ojeda".
Igualmente hago saber, que con fecha de hoy esta Jefatura ha declarado admitir definitivamente la solicitud salvo mejor derecho y sin perjuicio de tercero, expidiéndose edictos que se fijarán en los tablones de anuncios de los Ayuntamientos de Aguilar de Campoo y Valdegama (Palencia) y Rebolledo de la Torre (Burgos), en el de esta Jefatura, y anuncio que se envía a los "Boletines Oficiales del Estado" y de la provincia de Palencia y Burgos, para que si alguna persona tuviera que oponerse, lo verifique en la forma y plazo improrrogable de TREINTA DIAS a partir de esta publicación, según lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento General para el Régimen de la Minería, de 9 de agosto de 1946.
- Palencia 17 de enero de 1974.
- El Delegado Provincial
- P. D.: El Jefe de la Sección de Minas
- Publicado en el “Boletín Oficial de la provincia de Palencia” el Lunes 4 de Febrero de 1974.
Año 2001
Paleo-orientaciones de troncos fósiles en depósitos fluviales del Cretácico inferior de Villacibio (Palencia), Cuenca Vascocantábrica, España.
Los depósitos de conglomerados y areniscas fluviales del Cretácico inferior en Villacibio (Palencia) contienen de manera dispersa, a veces frecuentes, restos fósiles de troncos, probablemente de coníferas.
Las orientaciones de 60 de estos troncos fósiles indican que se depositaron con una inclinación de 7º hacia el sur-suroeste. A partir de las medidas de orientación realizadas sobre los troncos fósiles se obtienen paleocorrientes de depósito que son coherentes con las obtenidas en esta misma formación por otros autores que han utilizando como indicadores las orientaciones de los cantos cuarcíticos.
Ambos elementos, cantos y troncos, fueron transportados por una misma corriente de agua, los cantos arrastrados rodando por el fondo y los restos de árboles en suspensión o flotación.
Finalmente, y al menos durante los últimos episodios del movimiento, los troncos fueron dispuestos paralelamente a los bordes del canal.
De entre todos los troncos, aquellos cuya longitud es mayor son el grupo que presenta mayor concentración direccional, previsiblemente coincidente con la del paleocanal.
"Boletín de la Real Sociedad Española de Historia Natural. Sección Geológica, Tomo 96, Nº 3-4, pags. 29-38"
NOTAS:
(1)VALDECAL: granja deshabitada en ruinas, situada cerca de Villela (Burgos), la cual tenía anexo un Monasterio "San Pedro de Valdecal", el cual fue destruido a principios del siglo XX. La granja y el Monasterio con todos sus terrenos, eran propiedad del Monasterio de Santa María de Mave. A día de hoy son propiedad particular. Plano Cartográfico 1/50.000, Hoja 133 (Prádanos de Ojeda). Coordenadas geográficas del lugar: Latitud 42º 41' 50,45" Norte, Longitud 4º 15' 23,52" Oeste.
(2)FAZA: haza, porción de tierra labrantía o de sembradura.
(3)MONEGRO: despoblado desaparecido, localizado en el término de Pozancos (Palencia), en el paraje llamado La Olmeda, situado a unos 300 m. a la izquierda de la carretera de Pozancos a Santa María de Mave, a la orilla del camino que parte de dicha carretera hasta Villela (Burgos). En dicho paraje se han encontrado varios restos, especialmente piedras de cimentación. Plano Cartográfico 1/50.000, Hoja 133 (Prádanos de Ojeda). Coordenadas geográficas del lugar: Latitud 42º 42' 26,41" Norte, Longitud 4º 14' 31,78" Oeste.
(4)ESQUISTO BITUMINOSO: roca sedimentaria, normalmente arcillosa, impregnada de materiales orgánicos como bitumen y querógeno, que se descompone térmicamente y produce petróleo y gas.
FOTOS: 1.- Propias, 2.- commons.wikimedia.org, 3.- www.maravedis.org