25 septiembre 2008

DICCIONARIO DEL CATASTRO DE LA ENSENADA

En este diccionario se incluyen las equivalencias de unidades y el significado de las palabras más comúnmente utilizadas en el Catastro de la Ensenada

Léxico del Catastro de la Ensenada

Abacería:
Puesto o tienda donde se vende por menor de todo tipo de utensilios, viandas, aderezos, herramientas, etc.
Acabazar: Añadir una pequeña cantidad a la cantidad justa de una cosa.
Acendera: Trabajo al que debe acudir todo el vecindario por ser de utilidad común.
Acompañado: Denominación que se da en la documentación catastral a los funcionarios adjuntos a los titulares de determinados cargos públicos, en especial a los Contadores de rentas.
Afusal: Manojo de lino compuesto por doce estrigas de lino espadado o por veinticuatro estrigas del mismo debouzado.
Adehala: Cantidad que se da de comisión, al sueldo de algún empleo o cuando se compra o arrienda.
Ahechar: Limpiar el trigo en la criba o zaranda o cedazo antes de llevarlo al molino.
Alarife: Oficio de quien con cargo público quedaba habilitado para reconocer, apreciar, dirigir y aprobar las obras de arquitectura.
Albardero: El que hace, compone o vende albardas.
Albéitar: El que cura las enfermedades de las bestias.
Alcabala: Tributo por los contratos de compraventa y permuta.
Alcalde Ordinario: El Alcalde Ordinario era una especie de juez, designado por el Señor en los lugares de señorío o por los vecinos en los municipios libres.
Alhóndiga: Casa pública destinada a la compra y venta de trigo y de otros granos y mercaderías.
Almud: En general equivale al celemín, aunque en algunas zonas de Castilla correspondía a media fanega.
Alparcería: Aparcería, consiste en ceder la explotación de cualquier cosa a medias - esto es - con reparto de los frutos o beneficios mitad por mitad entre el dueño y el aparcero.
Alquería: Cortijo, granja o casa de labranza que está lejos del poblado.
Año y Vez: Sistema de cultivo en el que la tierra se siembra un año y al siguiente se deja barbecho.
Añojo: Animal de un año de edad o menos, referido normalmente a terneros.
Arbitrio: Financiación de las Haciendas Municipales mediante la recaudación de impuestos por gravamen al consumo del vino en las tabernas, de la carne en las carnicerías, etc.
Arcediano: Dignidad mayor eclesiástica y jurídica.
Arciprestazgo: División del territorio de un Obispado que comprendía una región o distrito compuesto de varias parroquias.
Arriero: Es aquel que transporta géneros por encargo.
Arroba: Como unidad de peso, equivale a 1/4 de quintal o a 25 libras de 16 onzas cada una. Equivale a 11,5023 kilogramos. Como unidad de capacidad, equivale a un cántaro o cántara y se divide en 32 cuartillos.
Arveja: Leguminosa que, dependiendo de las zonas, se denomina también tito, guija o almorta.
Atahona: Molino seco que funciona mediante un animal de tiro que gira en círculo alrededor del eje sobre el que se mueve la rueda.
Autos Generales: Averiguaciones catastrales rodeadas de las máximas formalidades, de los que daba fe el escribano.
Azeña: Molino que se acciona mediante la fuerza del agua corriente.
Azumbre: Medida de capacidad de líquidos. Un azumbre equivale a 1/8 de arroba.
Badana: Piel curtida de oveja o carnero.
Batán: Máquina formada por mazos de madera con movimiento de sube y baja movidos por una rueda de agua, que golpeaban y encurtían los paños o las pieles.
Beneficio Curado: El recibido por un eclesiástico que tiene obligación de cura de almas.
Beneficio Eclesiástico: Es el derecho y título para recibir y gozar las rentas y bienes eclesiásticos, recibiendo el nombre de beneficio las rentas destinadas para su dotación.
Beneficios: Conjunto de derechos y pagas que recibe un eclesiástico. Labor y cultivo que se da a los campos.
Borro ó Borra: Nombre que recibe el cordero ó cordera, desde que deja de mamar hasta que es adulto (entre 1 y 2 años aproximadamente).
Cabaña: Manada o conjunto de reses de ganado vacuno pertenecientes a una hacienda o poblado.
Cabrito ó Cabrita: Nombre que recibe la cría de la cabra.
Cañado o canado: Medida de capacidad de líquidos. Un cañado equivale a 17 azumbres o a 32,70 litros.
Cáñamo: Planta anual, de unos dos metros de altura, con tallo erguido y áspero que se utilizaba para fabricar redes, cordeles, sogas.
Cardador: El que suaviza la lana con la carda, a la vez que la prepara para el hilado.
Carga: Medida de capacidad de áridos. Una carga equivale a 4 fanegas. Una fanega tiene 2 cuartos ó 12 celemines.
Cavadura: Medida de superficie, equivale a un día de labor de cavado. En Orense una cavadura equivale a 625 varas cuadradas o 4,367 áreas.
Cedacero: El que hace o vende cedazos, utensilios que sirven para limpiar el grano.
Celemín: Medida de capacidad equivalente a 4,625 litros o de superficie equivalente a 537 metros cuadrados. Un celemín tiene 4 cuartillos.
Censo: Contrato por el cual se hipoteca una casa o tierra como garantía del pago de una pensión anual por contraprestación a un bien recibido del dador, generalmente dinero.
Censo Perpetuo: Censo por tiempo indefinido o a largo plazo.
Censo Redimible: Censo liberatorio o "al quitar" mediante la devolución al dador del capital del censo.
Cientos: Recargo consistente en un porcentaje del 1% al 4% de una alcabala.
Coartal: Medida de capacidad de áridos. En Orense equivale a 1/6 de ferrado o 3,30 litros.
Comendador: Título que en las Órdenes Militares se daba al caballero que recibía bajo su guarda y protección un lugar, villa o castillo con derecho a recibir las rentas que produjese a cambio de su defensa y protección.
Común: Bienes comunales (no privativos), pertenecientes por igual a todos los vecinos de un poblado o lugar.
Comuniego: Bienes comunales, pertenecientes por igual a dos o más poblaciones o lugares colindantes.
Concejil: Bienes o tierras pertenecientes al concejo o común.
Confrontan: Limitan ó lindan.
Contribución Única: Tributo creado para sustituir los múltiples impuestos englobados en las llamadas Rentas Provinciales.
Copelo: Medida de capacidad de vinos. En Orense un copelo equivale a 1/24 de ferrado o a 0,5783 litros.
Corregidor: El que gobierna alguna villa o ciudad en representación del Rey.
Costal: Medida de capacidad de áridos. Un costal tiene 4 cuartos ó 2 fanegas ó media carga. Su peso equivalente de trigo es aproximadamente 85 Kg. El costal era el envase para el transporte de grano.
Debouzar: Espadar o rastrillar por primera vez el lino.
Décima: Impuesto transitorio de la décima parte de las utilidades y rentas netas, además del pago de los restantes impuestos.
Dehesa Boyal: Terreno destinado a pastos de aprovechamiento común de todos los vecinos, para que pastasen los bueyes y animales de labor.
Derecho de Primicia: Prestación de frutos y ganados que además del Diezmo se daba a la Iglesia.
Despoblado: Denominación que se da a los territorios que habiendo estado poblados y gozando de jurisdicción propia quedan despoblados, desiertos y yermos.
Diezmo: Impuesto consistente en la décima parte de todos los productos agrícolas, el cual se pagaba a la Iglesia.
Diezmo Menudo: Diezmo de los frutos menores como hortalizas, miel, cera, frutas, etc.
Diezmos Novales: Diezmos sobre tierras recientemente cultivadas y sobre las plantas y frutos que producen.
Ducado: Moneda no efectiva, utilizada en el comercio y contratos, que equivale a 375 maravedíes de plata.
Encomienda: Cesión por parte del Rey en favor de alguna Orden Militar o de algún súbdito destacado, de un tributo, renta o trabajo e incluso jurisdicción civil sobre ciertos territorios, villas o castillos a cambio de su defensa militar.
Entrepanes: Tierras no sembradas situadas entre otras que sí lo están.
Eral: Ganado vacuno de dos años.
Escribano: El que por oficio público está autorizado para dar fe de las escrituras y demás actos públicos.
Esquilmo: Provecho accesorio de pequeña cuantía, que se saca del terreno de cultivo y de la ganadería.
Estadal: Medida de longitud equivalente a 4 Varas ó 12 Pies. Un Estadal tiene 3,343 metros. Una Aranzada tiene 400 Estadales Cuadrados. Una Fanega de tierra equivale a 576 Estadales Cuadrados.
Estriga: Madeja o mechón de lino ya espadado o rastrillado, dispuesto para el hilado.
Estrume: Esquilmo, broza y residuos vegetales del campo, propias para hacer estiércol.
Fábrica: Este término se refiere al edificio físico de la Iglesia. Derechos de Fábrica eran las rentas o derechos que se cobraban en las iglesias por ciertos actos como bautizos, bodas, entierros, etc.
Fanega: Medida de capacidad para áridos que en Castilla, tiene 2 cuartos, ó 12 Celemines y equivale a 55,5 Litros. Medida de superficie que en Castilla, tiene 576 Estadales Cuadrados y equivale a 64,596 Áreas. Estas cifras varían según las distintas regiones de España.
Fanega de Sembradura: Fanega de sembradura o fanega de puño, es el espacio de tierra que se siembra con una fanega de trigo. Una fanega de sembradura tiene de superficie 400 palos en cuadro. Un palo en cuadro tiene 12,25 Varas Castellanas cuadradas. Estas cifras varían según la calidad del terreno que se siembra y según las distintas regiones de España.
Ferrado o tega: Medida de capacidad de áridos que en Orense equivale a 1/4 de fanega. Medida de superficie que en Orense equivale a 900 varas cuadradas o 6,2886 áreas. Estas cifras varían según las distintas provincias o lugares de España.
Ferraña o ferrán: Forraje, paja de centeno o de cebada en verde, para alimentar al ganado.
Gárgola: Especie de vaina del lino que contiene la semilla (linaza).
Hembra Vacía: Vaca, oveja, cabra, etc. que durante un año no está preñada.
Heredad Labrantía: Fincas o tierras de labor.
Herrén: Tierras o prados cercadas dentro del casco urbano o próximas a él destinadas a la siembra o a la producción de hierba.
Instrucción: Documento que regula el proceso que habría de seguirse para averiguar los efectos en que pueda fundarse una sola contribución, recogiendo detalladamente las normas que deberían aplicarse.
Intendente: Máxima autoridad provincial a la que se encomendó la dirección de las averiguaciones catastrales.
Intermisión: Interrupción o cesación de una labor o de cualquier otra cosa por algún tiempo.
Jato ó Jata: Becerro ó becerra, nombre que recibe el ternero o ternera desde que deja de mamar hasta que se convierte en adulto (entre 1 y 2 años aproximadamente).
Jumento ó Jumenta: Burro ó burra, borrico ó borrica, asno ó asna.
Jumento Quinceno: Burro desde los 15 meses hasta los 2 ó 3 años de edad aproximadamente.
Jurisdicción Promiscua: Poder o autoridad compartida para gobernar o administrar un lugar o zona de terreno común.
Legua: Medida de longitud, variable según los países o regiones, definida por el camino que regularmente se anda en una hora, y que en el antiguo sistema español equivale a 5.572,7 metros.
Legua Castellana: Medida de longitud que equivale a 20.000 pies ó 6.666 varas y 2 tercios, ó también a 5.572,7 metros.
Libra: Medida de peso, variable según las regiones, equivalente a 16 onzas ó 4 cuarterones ó 460 gramos.
Linaza: Semilla proveniente de la planta de lino.
Macho Burreño: Burdégano, cría del cruce entre un caballo y una burra.
Majada: Lugar que sirve de aprisco a los animales y de albergue a los pastores.
Maña: Manojo pequeño de lino, cáñamo, esparto, etc.
Maravedí: Moneda equivalente a la 34ª parte del real de vellón.
Millón: Impuesto castellano, que gravaba sobre los precios de vino, vinagre, aceite, carne, pescado, velas de sebo, papel, etc.
Mula Lechuza: Mula de leche, en edad en la cual aún mama de la madre.
Mulo ó Mula: La cría del cruce entre un burro y una yegua.
Moyo: Medida de capacidad de vino que equivale a 8 ollas o 145,92 litros.
Nuevo Aumento: Impuesto que se adelantaba, añadido a los existentes.
Obrada: Medida de superficie utilizada en Tierra de Campos. Equivale en la provincia de Palencia a 53,832 áreas ó 5.383,2 m.2. En otras provincias tiene diferentes dimensiones.
Olla: Medida de capacidad de áridos o líquidos. En Orense la olla equivale a 144 copas ó 36 cuartillos ó 9 azumbres.
Onza: Medida de peso que tiene 16 adarmes y equivale a 1/16 de libra ó 28,7 gramos.
Palo: Medida de longitud también llamado estadal. Un palo tiene 3,5 Varas Castellanas. Variable según las zonas o provincias.
Palo en Cuadro: Medida de superficie que equivale a 12,25 Varas Castellanas cuadradas. Variable según las zonas o provincias.
Pastor: Persona que apacienta el ganado, especialmente ovejas y cabras.
Pechero: También llamado villano o plebeyo. Súbdito que estaba obligado a pagar rentas o tributos al rey o al señor.
Peraire: Peraile, cargo o profesión de cardador de paños.
Pie de Colmena: Unidad de colmena en sí.
Potro ó Potra: La cría del caballo y la yegua.
Preceptor: Maestro, que convive con una familia y está encargado de la instrucción y educación de sus hijos.
Presbítero: Sacerdote, clérigo que ha recibido la orden del presbiteriado, tercera de las órdenes mayores que confiere el sacerdocio.
Primicia: Impuesto sobre frutos y ganados que además del diezmo se pagaba a la Iglesia.
Prior: Superior de cualquier convento de canónigos regulares o de órdenes militares.
Priorato: Territorio o lugar, sobre el cual tiene jurisdicción un Prior.
Procurador: Cargo municipal equivalente a "defensor del pueblo" que se ocupaba especialmente de la cuestión de los abastos. El cargo lo ostentaba un vecino para contrarrestar el poder acumulado por los alcaldes y regidores.
Propio: Patrimonio comunal que pertenecía al lugar o poblado y cuyo beneficio se destinaba a cubrir diversos servicios públicos.
Puntos Cardinales: Límites o confrontaciones con otros términos jurisdiccionales. Para definirlos aparecen términos muy diversos, en algunas provincias como Burgos, son sustituidos por el nombre que se da a los vientos de la comarca, empleándose las denominaciones de Cierzo (Norte), Ábrego (Sur), Solano (Este) y Regañón (Oeste). En la provincia de Palencia se emplean otros términos, tales como Levante (Este) y Poniente (Oeste). En la provincia de Orense se emplean los términos Norte, Mediodía (Sur), Levante (Este) y Poniente (Oeste).
Real de Vellón: Moneda equivalente en la época a 34 maravedíes. La correspondencia era de 1,5 reales de vellón por 1 real de plata.
Realengo: Dícese de los pueblos que no pertenecían a Señoríos ni a Órdenes.
Redictos: Novena parte u otra establecida de los frutos ya diezmados.
Rediezmo: Impuesto que correspondía a pagar una parte por cada 20 de producto o salario, además del diezmo ya pagado.
Regidor: Persona destinada en las Ciudades, Villas o Lugares para el gobierno económico.
Renta General: Impuestos que se aplicaban a la entrada y salida de mercancías en los puertos marítimos y fluviales, así como en las aduanas establecidos entre Castilla y los restantes reinos.
Renta Provincial: Conjunto de imposiciones (alcabala, millones, cientos) aplicadas a los ciudadanos, generalmente a los más humildes.
Resteba o restreba: Se llama así a la segunda cosecha que se coge en un mismo terreno.
Senara: Pequeña porción de tierra que cede el dueño a sus capataces, guardas o empleados para que la labren por cuenta propia, considerándose esta cesión como parte de su retribución.
Señorío: Derechos feudales sobre una tierra, independientemente de su posesión. En el señorío solariego o territorial de Castilla el campesino le pagaba al señor el disfrute de la tierra.
Servicio Ordinario: Gravámenes cargados sobre el estado general, que solía percibirse mediante encabezamiento de los pueblos.
Sesma: Medida de capacidad de semilla de lino. En Orense, si la sesma es rasa tiene 8 ollas. Si es acabazada tiene 9 ollas.
Simple Servidero: El recibido por un eclesiástico que no tiene obligación de cura de almas.
Sisa: Práctica consistente en entregar a los compradores, cantidades menores que las compradas, destinando la parte sisada a su venta para obtener dinero, con el cual pagar determinados impuestos o contribuir a los gastos locales.
Soldada: Sueldo, salario o estipendio.
Tascar: Operación de espadar o rastrillar el lino.
Tenería: Taller donde se curten y trabajan las pieles.
Tercias Reales: Tercias Reales era un impuesto que pagaba la Iglesia al Rey consistente en “dos novenos” de los diezmos eclesiásticos recaudados.
Tercio Diezmo: El diezmo se dividía en tres tercios, el primero se pagaba al Obispo ó Arzobispo, el segundo al Cura párroco del Lugar, y el tercero, las dos partes correspondientes a Tercias Reales al Municipio, y lo restante a la Fábrica del lugar.
Término Comuniego: Término comunal o común. Terrenos sobre los cuales tenían jurisdicción los pueblos colindantes.
Término Privativo: Término propio y exclusivo del pueblo o lugar. Terrenos sobre los cuales solamente tenía jurisdicción dicho pueblo o lugar.
Tomín: Medida de peso equivalente a la tercera parte del adarme ó a 0,598 gramos.
Vaqueta: Cueros o pieles de ternera curtidos y adobados.
Vara Castellana: Unidad de longitud que tiene 3 pies ó 0,8359 metros. Esta unidad fue común en 25 provincias españolas, el resto de provincias tenían su propia vara de medir.
Vecino: Unidad familiar con domicilio o casa propia, ya que era la familia la que se consideraba a la hora de aplicar los impuestos.
Vellón: Moneda acuñada de plata ó cobre en proporciones variables.
Vicariato: Territorio eclesiástico que está bajo la jurisdicción de un vicario apostólico, encargado de ayudar al obispo en la administración de su diócesis.
Voto de Santiago: Tributo que se pagaba además del diezmo y la primicia, en favor de la Santa Iglesia del Apóstol Santiago.
Yantar: Derecho del cual gozaba el rey, la familia real y los señores, por el que los pueblos por los que transitaba o en los que se alojaba debían acudir con víveres, prestar alojamiento y poner a su disposición bestias de refresco para continuar el viaje. El yantar era propio de los lugares de señorío.
Yero: Planta leguminosa, cuyo fruto se emplea para la alimentación del ganado.