11 mayo 2013

POZANCOS

Pozancos es un pequeño pueblo del Norte de la provincia de Palencia, situado a 15,5 Km. al Este de Aguilar de Campoo. Está situado al Sur-Este de Villacibio y les separa una distancia por carretera de 9,5 Km., (su acceso por carretera necesariamente tiene que hacerse a través de Santa María de Mave, aunque también se puede hacer por algunos caminos de trayecto bastante más corto).
Pozancos fue aldea de Aguilar, cuya jurisdicción dependía del señorío de Aguilar y más tarde, de su marquesado.
►A la caída del antiguo régimen, como tantos otros lugares, Pozancos se erigió en Ayuntamiento Constitucional.
►El 1 de Enero de 1846, Pozancos es agregado al Ayuntamiento de Gama con los lugares de Mave y Santa María de Mave, que hasta entonces habían sido Ayuntamientos independientes.
►El 22 de Julio de 1870 se traslada la capitalidad del Municipio, de la villa de Gama al lugar de Valdegama.
►Finalmente, en fecha de 3 de Noviembre de 1970 el Ayuntamiento de Valdegama es fusionado con el Ayuntamiento de Aguilar de Campóo y otros, con capitalidad Municipal en Aguilar de Campoo.
Actualmente Pozancos pertenece al ayuntamiento de Aguilar de Campoo y al partido judicial de Cervera de Pisuerga.
La iglesia de Pozancos es de estilo románico del siglo XII, con advocación a El Salvador. Tuvo Pozancos dentro del pueblo una ermita con advocación al Santo Ángel de la Guarda.

►En lo que es hoy término del lugar de Pozancos hubo dos monasterios, a saber:
1.- Monasterio de San Juan de Monegro, situado en el lugar de Monegro hoy desaparecido, se encontraba en el paraje llamado “La Olmeda”, situado a unos 300 m. a la izquierda de la carretera que va de Pozancos a Santa María de Mave, a la orilla del camino que partiendo de dicha carretera llega hasta el lugar de Villela (Burgos). Dependía este monasterio del Priorato de Santa María de Mave.

►El lugar de Monegro, figura en el Becerro de las Behetrías y dice así:
- Merindad de Villadiego - Monnegro (Monegro)
“Este logar es abadengo e es del abad de Oña.
Derechos del Rey:
Pagan al Rey moneda e servicios. Non pagan yantar nin fonsadera.
Derechos de los Señores:
Dan al dicho abad cada año por infurción cada ome una fanega de pan, medio trigo e cevada. Dan más cada año al dicho abad por martiniega XV (15) maravedís”.

2.- Monasterio de Santa Eufemia de Ibia, hoy desaparecido, situado en el paraje de Santa Eufemia, aledaño a un montículo rocoso denominado peña "La Hoz", a la derecha de la carretera que va de Pozancos a Santa María de Mave. Dependía este monasterio del Priorato de Santa María de Mave.
UN POCO DE HISTORIA DE POZANCOS
A continuación detallamos por orden cronológico, unos cuantos datos históricos del lugar de Pozancos, obtenidos a través de diferentes fuentes documentales:

Año 1255
Fuero de Aguilar y sus aldeas

El rey Alfonso X “El Sabio” en fecha de 14 de Marzo del año 1255 otorga fuero a la villa de Aguilar de Campoo y a todas sus aldeas, por lo cual el lugar de Pozancos a partir de dicha fecha tendría el mismo fuero otorgado a Aguilar.

Año 1352
Becerro de las Behetrías de Castilla
Merindad de Aguilar
Pozancos:
Este logar es aldea de Aguilar e son vasallos de Don Tello.
Derechos del Rey:
Pagan al Rey moneda e servicios e fonsadera.
Derechos de los Señores:
Dan cada año por infurción al dicho Don Tello cada uno tres maravedís e dos celemines de pan por medio trigo e cevada. Dan cada año al dicho Don Tello por martiniega XL (40) maravedís. Pagan en los seiscientos maravedís de la yantar con los de Aguilar.

Año 1752
Catastro de la Ensenada de Pozancos

Resumen de las respuestas dadas en el lugar de Pozancos en fecha de 8 de Agosto de 1752, por los vecinos de dicho lugar, con asistencia de Pedro de la Fuente, regidor; Francisco Álvarez, procurador, Pedro Barriuso del Moral y Francisco González, peritos nombrados y Fernando Blanco, cura párroco.
-Declaran que este lugar es de señorío comprendido en el estado de Aguilar y como tal le goza la Marquesa de Aguilar, por cuyo derecho y señorío percibe 4 reales y 14 maravedís en concepto de martiniega.
- Confronta por Levante con término del lugar de Castrecías, al Poniente con el Priorato de Santa María la Real de Mave, al Norte con el lugar de Val (Valdegama) y al Sur con el de Rebolledo de la Torre. Su figura la del margen.
- La medida de tierra que se usa es la fanega de sembradura. La fanega de tierra de sembradura de riego tiene 400 palos en cuadro de a 3½ varas castellanas cada uno; la de secano de 1ª calidad, otros tantos; la de 2ª calidad, 410, y la de 3ª calidad, 420.
- Cada fanega de tierra de sembradura de riego se siembra y ocupa con 1 fanega de trigo, otra de cebada, 3 de linoso y 3 docenas de ramos de ajos; la fanega de herrén con otra de cebada; la fanega de tierra de sembradura de secano de 1ª calidad se ocupa con 1 fanega de trigo y otra de cebada; la de 2ª calidad se ocupa con 1 fanega
de trigo, cebada o centeno; la de 3ª calidad se ocupa con 1 fanega de centeno, media de avena y media de yeros; y en los prados, eras, herrenes, pastos y matorrales se usa la propia medida de fanegas, que cada una tiene los expresados 400 palos.
- Se coge trigo, lino, ajos, centeno, cebada, yeros, avena y hierba.
- Cada fanega de tierra de riego produce 7 fanegas de trigo, 9 de cebada, 3 de linoso, 112 gabijones de lino de a 1½ libras cada una y 66 docenas de sacos de ajos; la de herrenes, 7 fanegas de cebada; la de secano de 1ª calidad, 6 fanegas de
trigo y 7 de cebada; la de 2ª calidad, 5 de trigo, 5½ de centeno y 6 de cebada; la de 3ª calidad, 4 fanegas de centeno, otro tanto de avena y lo mismo de yeros; la fanega de prado de riego, 2 carros de hierba; la de secano de 1ª calidad, 1½ carros de hierba; la de 2ª calidad, 1 carro, y la de 3ª calidad ½ carro, y a la fanega de era para trillar regulan en 4 reales de vellón anualmente.
- Regulados por un quinquenio, los precios de los frutos valen: cada fanega de trigo, 15 reales; la de centeno, 11 reales; otro tanto la de yeros; 9 la de cebada; 6 la de avena; 30 la de linaza; 1½ reales cada gabijón de lino; 4½ reales la docena de ramos de ajos; 18 reales el carro de hierba de riego y 22 el de secano.
- Derechos de diezmos y primicias: por el derecho de diezmo se paga de cada 10, uno de todo género de granos, crías lanares, leña, pollos, queso, ajos, miel y cera; de las crías del ganado vacuno se pagan 2 maravedís por cada una y 4 para el demás ganado mayor; uno de cada 20 de las soldadas de los criados, a lo que llaman rediezmo.
De las heredades propias que labran los vecinos de este lugar en el término del Priorato de Santa María la Real de Mave, contribuyen los diezmos por mitad al Prior y a la cilla común de este dicho lugar, y dichos diezmos se dividen en 3 tercios, uno pertenece al Arzobispo de Burgos, otro al cura párroco de este lugar, y del otro, los 2/9 en Tercias Reales al estado de Aguilar, y el resto a la fábrica de la iglesia parroquial de este lugar.
Las primicias las percibe por entero el cura párroco de este lugar, cobrando 4 celemines de pan, mediado trigo y cebada, por cada par de labranza, y 2 de cada vecino que no lo tiene.
- Hay un molino harinero situado en el casco de la población, en el arroyo de Castrecías (río Monegro), con una sola rueda, que muele solo en tiempo de invierno cuando hay abundancia de agua, es propio de Pedro Barriuso y Francisco González, vecinos de este lugar, que se regula de renta 50 reales de vellón anualmente.
- Hay en la población una taberna, la cual no tiene tabernero obligado y se administra por la justicia, cargando en el vino los derechos que por sisas y cientos pagan a S.M. en Arcas Reales de Palencia.
- Tiene este lugar 16 vecinos y medio; hay 19 casas habitables y ninguna arruinada. No hay casas de campo ni alquerías.
- Hay en la población un arriero llamado Pedro Pérez, que trafica en conducir, con 6 caballerías menores, vino a diferentes pueblos según encuentra la comodidad para su venta, y le regulan de interés anualmente 2.200 reales de vellón.
- Hay en la población un herrero, que regulan de jornal diario el día que trabaja, 3 reales de vellón; un tejedor y un sastre, que a cada uno de ellos regulan 3 reales, y un pastor de ganado lanar, a quien le dan de salario 7 cargas de pan, mediado trigo y centeno y 6 ducados en dinero.
- Hay en la población dos clérigos.
- Lo firmaron los que supieron y por los que no, un testigo a su ruego, junto con dicho subdelegado, en Pozancos a 9 de Agosto de 1752.
Juan del Corro y de la Sierra, juez subdelegado de la única real contribución = Pedro de la Fuente de 52 años = Francisco González de 38 = Pedro Barriuso del Moral de 52.
Ante mí: Antonio Jalón Calderón de la Barca, escribano de S.M.
Es copia de su original que queda en la contaduría principal de mi cargo, de que certifico. Palencia a 20 de Octubre de 1753.
Bernardo Díez Paniagua

Año 1846-1850
Pozancos:
Lugar agregado al ayuntamiento de Gama en la provincia de Palencia (17 leguas), partido judicial de Cervera de Río Pisuerga (6 leguas), audiencia territorial y capitanía general de Valladolid (24½ leguas), y diócesis de Burgos (11 leguas). Situado entre cuestas y regado por el río de Castrecías (río Monegro) que pasa por su centro. Su clima es frio, combatido por el viento Norte y alguna vez el Este, y propenso a calenturas catarrales y constipados. Consta de 20 casas de pobre construcción. Escuela de primeras letras concurrida por 12 niños, y dotada con las rentas de un hospital, del cual no quedan sino las paredes, y con la corta retribución que dan los padres de los alumnos. Una fuente de buenas aguas para surtido de los vecinos. Iglesia parroquial (San Salvador) patrimonial y de provisión de la mitra de Burgos, y una ermita con el título del Ángel casi arruinada.
El término confina por Norte con el de Val (Valdegama); Este, Castrecías; Sur, Rebolledo de la Torre, y Oeste, Santa María de Mave. En su jurisdicción se halla el despoblado titulado de Santa Eufemia.
Su terreno es de buena calidad, parte de secano y parte regado por el río de que ya hemos hablado, el cual se introduce en el Pisuerga por Santa María de Mave. No hay otros montes poblados que un poco de mata baja y algunos álamos por el término. Para pastos tiene una dehesa de ½ legua de extensión titulada Solaloma.
Los caminos son locales y en mal estado. La correspondencia se recibe de Aguilar de Campoo los días de mercado.
PRODUCCIÓN: trigo, cebada, centeno, legumbres, ajos y lino; se cría ganado lanar, vacuno, asnal y de cerda; caza de liebres, perdices y codornices, y pesca de pececitos pequeños. INDUSTRIA: la agrícola. POBLACIÓN: 10 vecinos, 52 almas. CAPITAL PRODUCTOS: 13.540 reales. IMPONIBLE: 1.174. El presupuesto municipal asciende a 550 reales, y se cubre con arbitrios del pueblo.

Bibliografía:
- “Boletín Oficial de la Provincia de Palencia” y “BOE”
- “Resumen de las respuestas al interrogatorio del Catastro de la Ensenada "Letra A", dadas por los vecinos del lugar de Pozancos” (Libro 486, pags. 265 a 279 - Archivo Histórico Nacional)
- "Diccionario Geográfico-Estadístico-Histórico de España y sus Posesiones de Ultramar”, por Pascual Mádoz Ibáñez, Tomo XIII, pag. 186, año 1849.
- “Wikipedia”